La pensión de alimentos es el derecho de los hijos a recibir de sus progenitores lo necesario para su sustento, educación y desarrollo. En POZO Abogados & Asociados ayudamos en Granada tanto a reclamar una pensión justa como a modificarla o a exigir su pago cuando no se cumple.
¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?
La cuantía se fija atendiendo a dos factores: las necesidades del hijo y la capacidad económica del progenitor obligado a pagarla. No existe una cifra fija, aunque los juzgados suelen apoyarse en tablas orientativas del CGPJ. Se tienen en cuenta la educación, la vivienda, la alimentación, la ropa, la salud y las actividades del menor.
¿Se puede modificar la pensión?
Sí. Si cambian las circunstancias económicas de forma significativa —pérdida de empleo, aumento o reducción de ingresos, nuevas necesidades del menor— puede solicitarse la modificación al alza o a la baja. La modificación surte efecto desde la fecha de la demanda, no desde que ocurrió el cambio, por lo que conviene no demorarla.
¿Qué hacer si no me pagan la pensión?
El impago tiene consecuencias civiles y penales. En vía civil podemos iniciar la ejecución de forma inmediata: embargo de nómina, cuentas o bienes. Si el impago es reiterado y el obligado tiene medios, puede constituir un delito de abandono de familia (art. 227 del Código Penal). Actuamos con rapidez para proteger los derechos del menor.
Preguntas frecuentes sobre la pensión de alimentos en Granada
¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos?
No termina automáticamente a los 18 años. Se mantiene mientras el hijo no sea independiente económicamente por causas que no le sean imputables, por ejemplo, si sigue estudiando y buscando empleo de forma diligente.
¿Qué consecuencias tiene no pagar la pensión?
Podemos ejecutar la sentencia de inmediato (embargo de nómina, cuentas o bienes) y, si el impago es reiterado, interponer una denuncia por delito de abandono de familia, que puede conllevar pena de prisión o multa.
¿Puedo pedir que se reduzca la pensión si pierdo el trabajo?
Sí. La pérdida de empleo o una reducción significativa de ingresos es causa de modificación. Es importante solicitarla cuanto antes, porque solo surte efecto desde la fecha de presentación de la demanda.
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Ya sea para reclamar, modificar o exigir el pago de la pensión, te ayudamos. Llámanos al 618 619 922 o escríbenos por WhatsApp. Primera consulta: 60€ (deducibles del total si contratas nuestros servicios). Consulta también nuestra página de abogado de familia en Granada.
Fuente oficial: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.