El acoso laboral (o mobbing) es una situación de hostigamiento psicológico continuado en el trabajo que puede tener graves consecuencias para la salud y los derechos del trabajador. En POZO Abogados & Asociados ayudamos a las víctimas de acoso laboral en Granada a documentar los hechos, proteger su salud y reclamar la responsabilidad que corresponda a la empresa.
¿Qué se considera acoso laboral?
El acoso laboral es una conducta abusiva, sistemática y prolongada en el tiempo, dirigida contra un trabajador con la finalidad de menoscabar su dignidad o forzar su salida de la empresa. No es lo mismo que un conflicto puntual o una exigencia legítima del empresario. Para hablar de mobbing deben concurrir tres notas: intencionalidad, reiteración y prolongación en el tiempo.
Tipos de acoso laboral
- Vertical descendente: el hostigamiento procede de un superior jerárquico.
- Horizontal: proviene de compañeros del mismo nivel.
- Vertical ascendente: parte de subordinados hacia un superior.
Junto al acoso moral, también asesoramos en casos de acoso sexual y acoso por razón de sexo, que cuentan con una protección legal reforzada.
Qué puedes reclamar
- La extinción indemnizada del contrato por incumplimiento grave del empresario (art. 50 del Estatuto de los Trabajadores), con la indemnización del despido improcedente.
- Una indemnización por daños y perjuicios, incluido el daño moral.
- El reconocimiento de la situación como accidente de trabajo si el acoso ha derivado en baja médica.
- En los casos más graves, la responsabilidad penal del acosador.
La prueba es clave
El mayor reto en los casos de acoso laboral es la prueba. Por eso es fundamental documentar cada episodio: correos, mensajes, testigos, partes médicos, cambios injustificados de funciones… Cuanto antes empieces a recopilar evidencias con asesoramiento legal, más sólida será tu reclamación. Nosotros te orientamos sobre qué pruebas tienen valor y cómo obtenerlas correctamente.
Preguntas frecuentes sobre acoso laboral en Granada
¿Cómo demuestro que sufro acoso laboral?
Mediante un conjunto de pruebas: correos y mensajes, testigos, partes médicos que acrediten el daño psicológico, y cualquier documento que refleje el trato desigual o los cambios injustificados. Te ayudamos a construir esa prueba de forma que tenga validez judicial.
¿Puedo pedir la baja por acoso laboral?
Sí. Si el acoso afecta a tu salud, el médico puede darte la baja. Además, es posible solicitar que se reconozca como derivada de accidente de trabajo, lo que mejora la prestación. Te asesoramos en ese trámite.
¿Puedo dejar la empresa y aun así cobrar indemnización?
Sí, a través de la acción del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores: se solicita al juez la extinción del contrato por incumplimiento grave del empresario, con derecho a la indemnización del despido improcedente. Es importante no abandonar el puesto sin asesoramiento previo.
¿El acoso laboral es delito?
Puede serlo. El artículo 173.1 del Código Penal castiga el acoso laboral grave y reiterado que menoscaba la dignidad de la persona. Valoramos si tu caso justifica también una denuncia penal además de la reclamación laboral.
Contacta con tu abogado laboralista en Granada
Si sufres acoso en tu trabajo, no estás solo. Llámanos al 618 619 922 o escríbenos por WhatsApp con total confidencialidad. Primera consulta: 60€ (deducibles del total si contratas nuestros servicios). Consulta también nuestra página de abogado laboral en Granada.