- WE PROVIDE ASSISTANCE IN ENGLISH.
- C. Tórtola, 17, local Derecha, 18014 Granada
- 618619922
POZO ABOGADOS & ASOCIADOS
Abogado de Accidentes de Moto en Granada
En moto, lo primero que hace la contraria es repartirte parte de la culpa.
Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Granada · Asistencia al detenido 24 horas · Te responde un abogado del despacho, no un comercial.
Cuéntanos qué ha pasado
Te llamamos nosotros.
Te responde un abogado del despacho. La consulta presencial cuesta 60 €. La asistencia al detenido se atiende de inmediato, a cualquier hora.
En resumen
El motorista es el usuario más vulnerable y suele sufrir lesiones más graves. Reclamamos las lesiones, las secuelas, el perjuicio estético, el lucro cesante y los daños de la moto y del equipamiento.
| Partida | Detalle |
|---|---|
| Días de baja | Perjuicio temporal según su intensidad |
| Secuelas | Valoradas en puntos conforme al baremo |
| Perjuicio estético | Cicatrices y deformidades visibles |
| Equipación de seguridad | Casco, mono, guantes y botas dañados |
| Lucro cesante | Ingresos que has dejado de percibir |
Importes y partidas orientativos según el baremo (Ley 35/2015): cada caso requiere una valoración individualizada. La primera consulta es gratuita.
Escrito y revisado porFernando Tapia CeballosAbogado · Especialista en accidentes de tráfico y responsabilidad civil de POZO Abogados & AsociadosColegiado n.º 2.935 del Ilustre Colegio de Abogados de GranadaContenido revisado el 31 de agosto de 2026
Más sobre accidentes de tráfico en Granada
En POZO Abogados & Asociados reclamamos cualquier tipo de accidente de tráfico. Si tu caso se relaciona con otras situaciones, aquí tienes información útil:
Consulta también nuestra página de abogado de accidentes de tráfico en Granada o pide tu valoración gratuita y sin compromiso. Solo cobras si cobras.
Dónde se decide un accidente de moto
La discusión casi siempre empieza por la culpa, y de ahí cuelga todo lo demás.
🛡️Defensa frente a la corresponsabilidadAnalizamos el atestado y la reconstrucción para evitar que la aseguradora te atribuya una culpa que no tienes y rebaje tu indemnización.Ver detalle
🦴Lesiones y secuelasReclamamos la indemnización por los días de baja, las secuelas permanentes y el perjuicio estético conforme al baremo.Ver detalle
🏍Daños de la moto y equipaciónReclamamos los daños materiales de la moto y del equipamiento de seguridad (casco, mono, guantes) dañado en el accidente.Ver detalle
💵Lucro cesanteSi el accidente te ha impedido trabajar, reclamamos los ingresos que has dejado de percibir durante tu recuperación.Ver detalle
En detalle: accidentes de moto
Defensa frente a la corresponsabilidad
Analizamos el atestado y la reconstrucción para evitar que la aseguradora te atribuya una culpa que no tienes y rebaje tu indemnización.
Lesiones y secuelas
Reclamamos la indemnización por los días de baja, las secuelas permanentes y el perjuicio estético conforme al baremo.
Daños de la moto y equipación
Reclamamos los daños materiales de la moto y del equipamiento de seguridad (casco, mono, guantes) dañado en el accidente.
Lucro cesante
Si el accidente te ha impedido trabajar, reclamamos los ingresos que has dejado de percibir durante tu recuperación.
El año que decide si hay caso
En moto las lesiones suelen ser más largas, y aun así el plazo es el mismo.
El artículo 7.1 lo dice sin rodeos: la acción directa del perjudicado contra el asegurador prescribe por el transcurso de un año.
Un año. Y se consume solo: entre las curas, la rehabilitación, el parte del seguro y la espera de una respuesta que no llega, mucha gente aparece cuando ya no queda margen. La reclamación fehaciente interrumpe la prescripción y el plazo vuelve a empezar.
Hay un matiz importante en lesiones: el año no se cuenta necesariamente desde el golpe, sino desde que las secuelas quedan estabilizadas y puede valorarse el daño. Determinar bien esa fecha es parte del trabajo, y a veces salva reclamaciones que parecían fuera de plazo.
Y si hay procedimiento penal, el propio artículo 7 aclara que iniciarlo se equipara a la reclamación extrajudicial a estos efectos.
Antes de demandar hay que reclamar a la aseguradora
Y conviene presentar la reclamación antes de que la versión de la contraria se consolide.
No es una recomendación: es un requisito. El artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor establece que, con carácter previo a la demanda judicial, hay que comunicar el siniestro al asegurador pidiendo la indemnización que corresponda.
Y trae una regla que quita mucha presión: «la reclamación extrajudicial no requerirá estar cuantificada», incluso si ya tuvieras todos los datos para calcularla. Es decir: no hace falta saber cuánto pedir para reclamar. Se reclama primero y se cuantifica después, con las secuelas ya estabilizadas.
Los tres meses de la aseguradora
Presentada la reclamación, el artículo 7.2 da a la compañía tres meses para responder de una de estas dos formas:
| Respuesta | Qué significa |
|---|---|
| Oferta motivada | Reconoce la responsabilidad y cuantifica. Debe explicar cómo llega a esa cifra |
| Respuesta motivada | Rechaza o no puede cuantificar todavía, explicando por qué |
Aquí está el incentivo que juega a tu favor. Según el artículo 9, si la aseguradora no presenta la oferta motivada en plazo, entra en mora y se le aplican los intereses de demora de la Ley de Contrato de Seguro. Por eso una reclamación bien presentada y fechada no solo abre el asunto: pone un reloj en contra de la compañía.
Y de paso cumple el requisito de 2025
Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige, con carácter general, haber intentado una vía de negociación antes de demandar en el orden civil. Esa misma norma admite como válida la actividad negociadora «reconocida en esta u otras leyes… o en una ley sectorial».
La reclamación previa del artículo 7 es precisamente eso: un trámite de una ley sectorial. En accidentes de tráfico, por tanto, el paso que ya venía siendo obligatorio cubre también el nuevo requisito —siempre que se documente bien, que es la parte que se descuida—.
Cómo trabajamos tu caso
De la primera llamada a la sala de vistas, sabiendo siempre en qué punto estás.
- 1Nos cuentas qué ha pasadoPor teléfono, WhatsApp o formulario. Si hay una detención, actuamos en el momento.
- 2Estudiamos el procedimientoRevisamos atestado, diligencias y plazos, y te explicamos en qué fase estás.
- 3Presupuesto cerradoSabes lo que cuesta antes de contratar. Sin sorpresas ni partidas abiertas.
- 4Diseñamos la defensaEstrategia procesal, prueba y representación en juicio hasta el final del asunto.
POZO Abogados & Asociados
Despacho especialista en Accidentes de Moto en Granada
Nuestra experiencia en accidentes de tráfico en Granada incluye la defensa específica del motorista, el usuario más vulnerable de la vía y el que más sufre las estrategias de las aseguradoras.
En POZO Abogados & Asociados reclamamos la indemnización íntegra por tus lesiones, secuelas y daños, defendiendo que la responsabilidad recaiga en quien corresponde. Coordinamos la valoración médica y la reclamación a la aseguradora. En accidentes de tráfico la primera consulta es gratuita y sin compromiso, y en la mayoría de los casos trabajamos a éxito: solo cobras si tú cobras. No asumes ningún coste inicial para reclamar lo que es tuyo.
Qué cuesta un abogado de accidentes de moto en Granada
La consulta sirve para valorar tu situación y darte un presupuesto cerrado antes de que te comprometas a nada. Elige la modalidad que te venga mejor:
| Modalidad | Precio |
|---|---|
| Por WhatsApp o email | 25 € + IVA |
| Por teléfono | 30 € + IVA |
| Por videollamada | 45 € + IVA |
| Presencial en el despacho | 60 € + IVA |
La asistencia al detenido no espera ni se cobra por adelantado. Si te han detenido a ti o a un familiar, llama al 618 619 922 antes de declarar. Declarar sin abogado es la decisión que más caro se paga en un procedimiento penal.
Preguntas frecuentes sobre accidentes de moto
Sí, y es la batalla principal en accidentes de moto. La concurrencia de culpas reduce la indemnización en el porcentaje que se te atribuya, así que discutir ese reparto es lo que más dinero mueve. Se pelea con el atestado, la reconstrucción del accidente y la prueba pericial.
Sí: casco, mono, guantes y botas destrozados en el accidente son daño material indemnizable, igual que la moto. Se acredita con facturas o con la valoración del estado en que quedaron. Es una partida pequeña que casi nadie reclama.
Puede usarse para discutir el alcance de las lesiones, pero no anula tu derecho a ser indemnizado si la responsabilidad del accidente es del otro. Es otro de los frentes donde conviene no negociar solo.
Un año: la acción directa contra la aseguradora prescribe al año (art. 7.1 LRCSCVM). En lesiones, ese plazo suele contarse desde que las secuelas se estabilizan, no desde el día del accidente. Una reclamación fehaciente lo interrumpe y vuelve a contar desde cero.
No. El art. 7 LRCSCVM exige comunicar el siniestro al asegurador y pedir la indemnización antes de la demanda. Y desde 2025 ese trámite cubre además el requisito general de intentar una negociación previa, porque la propia Ley Orgánica 1/2025 admite la actividad negociadora prevista en una ley sectorial.
Sí, y conviene hacerlo. La ley es expresa: «la reclamación extrajudicial no requerirá estar cuantificada», incluso si ya dispusieras de todos los elementos para calcularla. Se reclama primero —lo que para el reloj— y se cuantifica después, con el alta y las secuelas valoradas.
Tiene tres meses desde tu reclamación para presentar una oferta motivada —si reconoce responsabilidad y cuantifica— o una respuesta motivada explicando por qué no lo hace (art. 7.2). Si no cumple ese plazo, entra en mora y se le aplican los intereses de demora del seguro (art. 9).
No sin revisarla. La primera oferta suele quedarse corta en secuelas, perjuicio estético y lucro cesante, que son las partidas peor valoradas. Aceptar cierra el asunto: una vez firmado el finiquito, reabrirlo es muy difícil. Merece la pena contrastarla antes de firmar nada.
Depende de la gravedad de las lesiones, los días de baja, las secuelas y el perjuicio estético, valorados conforme al baremo. Como las lesiones en moto suelen ser más graves, las indemnizaciones también. Tras valorar tu caso concreto te damos una estimación realista.
No. La primera consulta es gratuita y sin compromiso, y trabajamos a éxito: solo cobras si tú cobras. No asumes ningún coste inicial para reclamar tu accidente de moto.
Es posible. Si la caída se debió al mal estado de la vía, a un obstáculo o a la actuación de un tercero, puede existir responsabilidad de la administración titular de la carretera o de un tercero. Analizamos las circunstancias para determinar contra quién reclamar.
Puedes cobrar igualmente a través del Consorcio de Compensación de Seguros, que responde cuando el causante es desconocido, se dio a la fuga o carece de seguro. Lo explicamos en nuestra página de accidentes sin seguro o con fuga.
Cuando el proceso de curación ha finalizado y las lesiones se estabilizan (la llamada sanidad o estabilización lesional). En ese momento, un médico valora las secuelas conforme al baremo. Por eso es importante no cerrar la reclamación antes de estar recuperado.
Llámanos al 618 619 922, escríbenos por WhatsApp o rellena el formulario. Revisamos el atestado y los informes médicos, y reclamamos tu indemnización por lesiones, secuelas y daños. La primera consulta es gratuita.
Ya sabes lo que podemos hacer por ti, ¿Quieres que hablemos sobre tu situación?
NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS ESTÁ PARA AYUDARTE
Fuente oficial: Dirección General de Tráfico (DGT).