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POZO ABOGADOS & ASOCIADOS
Abogado de Derecho del Consumidor en Granada
Tienes más derechos de los que te dicen en el mostrador. Y más plazo del que crees.
Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Granada · Asistencia al detenido 24 horas · Te responde un abogado del despacho, no un comercial.
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ABOGADO DERECHO DEL CONSUMIDOR GRANADA
Como consumidores, tenemos derechos que nos protegen frente a abusos, engaños o incumplimientos por parte de empresas, bancos, aseguradoras o proveedores de servicios. Sin embargo, no siempre es fácil hacerlos valer. En POZO Abogados & Asociados, como expertos en derecho del consumidor en Granada, te ayudamos a reclamar, negociar o acudir a juicio cuando sea necesario, defendiendo tus intereses con firmeza y eficacia.
Muchos ciudadanos no son conscientes de que pueden reclamar por cláusulas abusivas, comisiones indebidas, productos defectuosos, cancelaciones injustas, fraudes en compras online, servicios no prestados o contratos que no cumplen con lo pactado. Otros, aun sabiendo que tienen razón, se rinden ante el poder de las grandes compañías. Ahí es donde entra en juego la labor de un abogado especialista en derecho del consumo.
Nuestro equipo analiza tu caso en profundidad, te asesora sobre tus posibilidades reales de éxito y se encarga de todo el procedimiento: desde una reclamación extrajudicial hasta una demanda civil, si la empresa no responde. Hemos representado con éxito a clientes frente a bancos (comisiones, hipotecas, tarjetas revolving), compañías aéreas (cancelaciones y retrasos), aseguradoras, operadoras de telefonía y plataformas de compraventa.
Además, te acompañamos en procedimientos ante organismos como la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), el Banco de España, la Dirección General de Consumo o la Agencia Española de Protección de Datos, cuando la reclamación lo requiere.
Si has sido perjudicado como consumidor y buscas un abogado en Granada especializado en reclamaciones de consumo, en POZO Abogados & Asociados te ofrecemos un servicio profesional, claro y adaptado a tu situación. Luchamos por lo que te corresponde por derecho, sin dejar que el tamaño o la estrategia de una empresa te dejen indefenso.
En resumen
El consumidor está especialmente protegido frente a empresas, bancos y suministros. Reclamamos abusos, cláusulas ilícitas y productos defectuosos.
| Reclamación | Detalle |
|---|---|
| Cláusulas abusivas | Bancos, hipotecas y suministros |
| Productos y garantías | Defectos y garantía legal de TRES años |
| Servicios | Telefonía, energía, aerolíneas |
| Vía | Extrajudicial y, si es necesario, judicial |
Información orientativa: cada asunto civil requiere una valoración individualizada.
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NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS ESTÁ PARA AYUDARTE
Pozo Abogados
Despacho de Abogados especialistas en los derechos del consumidor
Nuestra experiencia como abogados civiles en Granada, nos hace conscientes de lo que supone para una persona sufrir daños o perjuicios a causa de un producto en el que ha decidido poner su confianza.
Es por ello, por lo que contamos con un equipo de expertos en Derecho del Consumidor, totalmente implicado en la situaciones ante las que se enfrenta una persona que se siente desprotegida a la hora de hacer una reclamación a una empresa.
Escrito y revisado porFrancisco Rodríguez RománAbogado · Director del departamento de Derecho Civil de POZO Abogados & AsociadosColegiado n.º 5.373 del Ilustre Colegio de Abogados de GranadaContenido revisado el 31 de agosto de 2026
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Lo que puedes reclamar
Cuatro frentes distintos, con plazos propios cada uno.
🛒Garantía de productosTres años para bienes desde la entrega, no dos. Dos para contenidos digitales.Ver detalle
⌛Compras online14 días para desistir —y doce meses más si no te informaron de ese derecho—.Ver detalle
✈️Vuelos y viajesReembolso o transporte alternativo, compensación según distancia y los gastos reales que justifiques.Ver detalle
🏦Bancos y suministrosGastos de hipoteca, revolving, comisiones sin servicio y consumos estimados que no cuadran.Ver detalle
La garantía son tres años, no dos
Es el derecho que más se desconoce, y el que más dinero deja sobre la mesa. El artículo 120 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que el empresario responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de:
| Qué compraste | Plazo de garantía |
|---|---|
| Bienes (electrodomésticos, muebles, tecnología, ropa…) | Tres años desde la entrega |
| Contenidos o servicios digitales | Dos años |
| Bienes de segunda mano | Se puede pactar menos, pero nunca menos de un año |
Si en la tienda te dicen que la garantía «son dos años», esa cifra quedó atrás. Para los bienes son tres. Es un año entero de derechos que mucha gente no reclama porque nadie se lo ha dicho.
Y ojo con la letra pequeña del segunda mano: se puede pactar un plazo menor, pero tiene que ser un pacto, no una imposición en el tíquet, y en ningún caso puede bajar de un año.
Comprar online: los 14 días, y cuándo son doce meses
En las compras a distancia tienes derecho de desistimiento: devolver sin dar explicaciones y sin penalización. El artículo 71 fija un plazo mínimo de catorce días naturales, que empieza a contar desde que recibes el producto —o desde que firmas, si es un servicio—.
Pero hay una regla que casi nadie conoce y que conviene tener presente:
Si el vendedor no te informó de tu derecho de desistimiento, el plazo no son catorce días: termina doce meses después de que hubiera expirado el periodo inicial (art. 71.3). Es decir, puedes desistir hasta más de un año después. Merece la pena revisar si aquella tienda te lo dijo o no.
Si no te devuelven el dinero
El artículo 76 obliga al empresario a devolver todas las sumas abonadas, sin retención de gastos, y a hacerlo sin demoras indebidas y como máximo en catorce días naturales desde que le comunicaste el desistimiento.
Y si no lo hace, la ley da una herramienta poco conocida: pasado ese plazo, tienes derecho a reclamar la cantidad duplicada, sin perjuicio de que además te indemnicen los daños y perjuicios que excedan de esa cantidad.
Además, la carga de la prueba de haber cumplido con la devolución corresponde al empresario, no a ti.
Vuelos cancelados y retrasos
Es una de las reclamaciones más frecuentes y de las que más se abandonan a medio camino, normalmente porque la aerolínea responde con un formulario y un correo automático.
La normativa europea reconoce, con carácter general, el derecho a elegir entre el reembolso del billete o un transporte alternativo, y a una compensación económica cuya cuantía depende de la distancia del vuelo. Cuando la cancelación se comunica con menos de dos semanas de antelación, la posición del pasajero es notablemente más fuerte.
Además del billete, se puede reclamar el daño real: el hotel que no pudiste usar, el día de trabajo perdido, el transporte contratado. Guarda todos los justificantes desde el primer momento; sin ellos, esa parte no se cobra.
Las aerolíneas cuentan con que la mayoría se rinda ante la primera negativa. En la práctica, una reclamación formal con abogado cambia mucho el desenlace.
Bancos, suministros y cláusulas abusivas
La otra gran familia de reclamaciones de consumo no viene de una tienda, sino de un contrato que firmaste sin leer entero, porque nadie los lee: hipotecas, tarjetas, seguros, luz, telefonía.
Aquí el trabajo consiste en revisar el contrato cláusula por cláusula y detectar las que son abusivas —las que causan un desequilibrio importante en tu perjuicio y no se negociaron individualmente—. Cuando lo son, se declaran nulas y hay que devolver lo cobrado de más.
Lo más frecuente en el despacho:
- Gastos de constitución de hipoteca repercutidos al cliente
- Tarjetas revolving con intereses desproporcionados
- Comisiones no pactadas o cobradas sin servicio efectivo
- Facturación de suministros con consumos estimados que no se corresponden con la realidad
- Permanencias y penalizaciones que no se informaron con claridad
Lo vemos en detalle en nuestra página de undefined, que es donde se concentra la parte bancaria.
Cómo reclamar sin perder el tiempo
- Guarda la prueba antes de discutir. Tíquet o factura, contrato, condiciones aceptadas, fotos del producto, capturas de la web y de la conversación. Después desaparece.
- Reclama por escrito a la empresa, no por teléfono. Deja fecha y contenido acreditados.
- Hoja de reclamaciones si es un establecimiento físico: la tienen que facilitar y va a la administración de consumo.
- Arbitraje de consumo, si la empresa está adherida: es gratuito para el consumidor y más rápido que un juicio.
- Vía judicial cuando lo anterior no funciona o la cantidad lo justifica.
El punto 1 decide casi todo. Muchas reclamaciones sólidas se caen porque nadie guardó el tíquet o la conversación en la que el vendedor prometió algo. En POZO Abogados & Asociados lo primero que pedimos en la consulta es justamente eso.
Antes de demandar hay que intentar negociar
Y si el asunto acaba en el juzgado, hay un paso previo que desde 2025 es obligatorio.
Desde el 3 de abril de 2025, el artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2025 establece que, en el orden civil, para que la demanda sea admisible es requisito de procedibilidad haber acudido antes a un medio adecuado de solución de controversias. Sin ese intento previo, el juzgado no admite la demanda.
No es un trámite decorativo: es un requisito de admisión. Presentar la demanda sin acreditarlo significa que te la devuelvan y volver a empezar, con el plazo corriendo mientras tanto.
Qué sirve para cumplirlo
Más cosas de las que parece. La ley admite la mediación, la conciliación, la opinión neutral de una persona experta independiente, la oferta vinculante confidencial «o cualquier otro tipo de actividad negociadora». Y añade algo decisivo:
Se considera cumplido el requisito cuando la actividad negociadora se desarrolla directamente por las partes, o entre sus abogados. Es decir: un intercambio de requerimientos entre letrados, bien documentado, cumple. No hay que pagar un procedimiento aparte.
Y además congela el plazo
El artículo 7 establece que la solicitud de negociación interrumpe la prescripción y suspende la caducidad desde que consta el intento de comunicarla a la otra parte, y hasta que se firme el acuerdo o termine sin él.
Para un consumidor esto suele estar ya cubierto: la reclamación formal a la empresa, la hoja de reclamaciones o el arbitraje de consumo son actividad negociadora. Guardar la prueba de esos intentos deja de ser solo útil: pasa a ser necesario.
Cómo trabajamos tu caso
De la primera llamada a la sala de vistas, sabiendo siempre en qué punto estás.
- 1Nos cuentas qué ha pasadoPor teléfono, WhatsApp o formulario. Si hay una detención, actuamos en el momento.
- 2Estudiamos el procedimientoRevisamos atestado, diligencias y plazos, y te explicamos en qué fase estás.
- 3Presupuesto cerradoSabes lo que cuesta antes de contratar. Sin sorpresas ni partidas abiertas.
- 4Diseñamos la defensaEstrategia procesal, prueba y representación en juicio hasta el final del asunto.
Qué cuesta un abogado de derecho del consumidor en Granada
La consulta sirve para valorar tu situación y darte un presupuesto cerrado antes de que te comprometas a nada. Elige la modalidad que te venga mejor:
| Modalidad | Precio |
|---|---|
| Por WhatsApp o email | 25 € + IVA |
| Por teléfono | 30 € + IVA |
| Por videollamada | 45 € + IVA |
| Presencial en el despacho | 60 € + IVA |
La asistencia al detenido no espera ni se cobra por adelantado. Si te han detenido a ti o a un familiar, llama al 618 619 922 antes de declarar. Declarar sin abogado es la decisión que más caro se paga en un procedimiento penal.
Preguntas frecuentes sobre derechos del consumidor
Tres años para los bienes, desde la entrega (art. 120 TRLGDCU). Para contenidos y servicios digitales son dos. En productos de segunda mano se puede pactar un plazo menor, pero nunca inferior a un año. Si te dicen que son dos años, esa cifra está desactualizada.
Sí, mediante el derecho de desistimiento, sin dar explicaciones ni pagar penalización. El plazo mínimo son catorce días naturales desde que recibes el producto. No hace falta motivo.
Entonces el plazo se alarga mucho: termina doce meses después de que hubiera expirado el periodo inicial de catorce días (art. 71.3 TRLGDCU). Es decir, puedes desistir hasta más de un año después de la compra. Merece la pena comprobarlo.
El empresario debe devolver todo lo abonado, sin retener gastos, en un máximo de catorce días naturales. Pasado ese plazo, la ley te permite reclamar la cantidad duplicada, además de la indemnización por los daños que excedan de esa cifra (art. 76 TRLGDCU).
Con carácter general, a elegir entre el reembolso del billete o un transporte alternativo, y a una compensación económica según la distancia del vuelo. Cuando avisan con poca antelación, la posición del pasajero es más fuerte. Además puedes reclamar los gastos reales —hotel, transporte, días perdidos— si los justificas.
Sí: obliga a la empresa a dar una respuesta y deja constancia ante la administración de consumo. No resuelve por sí sola una reclamación económica, pero construye el expediente y muchas empresas prefieren resolver antes de que llegue más lejos.
Un sistema extrajudicial sin coste para el consumidor y bastante más rápido que un juicio. El inconveniente es que solo funciona si la empresa está adherida. Cuando lo está, suele ser la primera vía a intentar.
Depende, y conviene hablarlo antes. Hay vías de coste bajo o nulo —hoja de reclamaciones, arbitraje— que resuelven muchos asuntos pequeños. Para la vía judicial valoramos contigo si la cantidad y la prueba lo justifican: preferimos decírtelo antes que abrir un procedimiento que no compensa.
Así es, en lo civil y con carácter general, desde el 3 de abril de 2025. El art. 5 de la Ley Orgánica 1/2025 convierte el intento previo de negociación en requisito de procedibilidad: sin acreditarlo, la demanda no se admite. Hay excepciones tasadas, pero son pocas.
No necesariamente. La ley admite mediación, conciliación, opinión de experto independiente, oferta vinculante o cualquier otra actividad negociadora, y considera cumplido el requisito cuando negocian las partes o sus abogados. Un intercambio de requerimientos bien documentado entre letrados basta.
Al contrario. El art. 7 de esa misma ley dice que la solicitud de negociación interrumpe la prescripción y suspende la caducidad desde que consta el intento de comunicación, y hasta que se firma el acuerdo o termina sin él.
Los consumidores y usuarios tienen derecho a la protección de sus intereses económicos y sociales, ante los riesgos que puedan perjudicar su salud o seguridad, a percibir una indemnización por daños sufridos y a la reparación de los mismos, así como a obtener la información completa y detallada acerca del producto contratado, entre otros derechos.
Fuente oficial: BOE — Código Civil.