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POZO ABOGADOS & ASOCIADOS
Abogado para la Nacionalidad Española en Granada
CONSEGUIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
¿Quieres solicitar la nacionalidad española? En POZO Abogados & Asociados lo hacemos por ti. El trámite de solicitud de nacionalidad española es muy complejo y exige que se cumplan una serie de requisitos y circunstancias para poder optar a ella. Por ello es muy importante que cuentes con un abogado de extranjería, que te asesore sobre las posibles vías de solicitud y los pasos que hay que hacer para tramitarla.
Si crees que cumples con los requisitos para solicitar la nacionalidad española ponte en contacto con nuestros abogados de extranjería. Porque un simple error en la solicitud puede hacer que tengas que volver a iniciar el trámite, por eso es tan importante el asesoramiento de un abogado experto.
¿CÓMO PUEDO ACCEDER A LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA?
En resumen
La vía más común es la nacionalidad por residencia, cuyo plazo depende del país de origen y de tus circunstancias, además de superar el examen CCSE y, si procede, el DELE A2.
| Situación | Años de residencia legal exigidos |
|---|---|
| Regla general | 10 años |
| Refugiados | 5 años |
| Iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, sefardíes | 2 años |
| Nacidos en España, casados con español/a o hijos de español de origen | 1 año |
Requisitos y plazos orientativos: la normativa de extranjería cambia con frecuencia y cada caso requiere una valoración individualizada.
Ya sabes lo que podemos hacer por ti, ¿Quieres que hablemos sobre tu situación?
NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS ESTÁ PARA AYUDARTE
Nosotros le llamamos
Pozo Abogados
Despacho de Abogados especialista en solicitud de nacionalidad española
La solicitud de nacionalidad española, en ocasiones, es un procedimiento largo y costoso, que, de no tener un buen asesoramiento, puede ser denegado.
Si cumples con los requisitos y quieres solicitar la nacionalidad española, contacta con POZO Abogados y Asociados, nuestro abogado de extranjería te asesorará durante todo el proceso. Nosotros nos encargaremos de tramitar la documentación necesaria y presentarla en la oficina de extranjería más cercana a tu residencia.
Aclara tus dudas sobre Nacionalidades
¿Cuánto tiempo tengo que permanecer legalmente en España para solicitar la nacionalidad por residencia?
Generalmente para acceder a la nacionalidad española es necesario residir en España durante al menos 10 años.
Excepto en los siguientes supuestos:
- 5 años para los que tengan condición de refugiados.
- 2 años para las personas nacionales de:
- Países latinoamericanos,
- Filipinas,
- Portugal,
- Guinea Ecuatorial,
- Andorra y
- Personas de origen sefardí.
- 1 año:
- Nacidos en España.
- Quien haya estado tutelado o acogido por españoles durante al menos dos años, o siga estándolo.
- Quien no solicitó la nacionalidad por opción, aún teniendo derecho a ello.
- Estar casado con un español, al menos, un año.
- Tener ascendientes españoles.
- Ser viudo de un español.
¿Caducan los exámenes de nacionalidad?
- El certificado CCSE (examen de conocimientos culturales) caduca a los cuatro años desde la fecha de emisión del acta de calificación.
- Por el contrario, el certificado DELE no caduca.
¿Qué hacer si mi expediente de nacionalidad está paralizado?
Se puede interponer un recurso contencioso administrativo.
Si tu expediente se encuentra paralizado y quieres interponer un recurso contencioso administrativo ponte en contacto con nosotros. Los abogados expertos en extranjería de POZO Abogados & Asociados te asesorarán sobre los pasos a seguir.
Me han concedido la nacionalidad española, ¿tengo que renunciar a mi anterior nacionalidad?
No tienes que renunciar a tu anterior nacionalidad de si eres nacional de alguno de estos países:
- Países latinoamericanos.
- Portugal.
- Andorra.
- Filipinas.
- Guinea Ecuatorial.
- Francia (en proceso de ratificación del convenio por España y Francia).
Me han denegado la nacionalidad ¿Qué tengo que hacer?
Si no ha pasado el plazo para recurrir la resolución denegatoria puedes interponer:
- Recurso de reposición en el plazo de un mes desde que te notificaron.
- Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación.
Pasado el plazo para recurrir, la única solución posible es iniciar un nuevo procedimiento.
Si te han denegado la nacionalidad española ponte en contacto con los abogados expertos en extranjería de POZO Abogados & Asociados.
Me han concedido la nacionalidad ¿Puedo solicitar la nacionalidad española para mi hijo menor?
Si.
Quiero solicitar la nacionalidad de mi hijo menor, ¿qué pasa si su padre no se encuentra en España?
Si uno de los progenitores no se encuentra en España o, por otras circunstancias, no se hace cargo del menor, puedes solicitar la nacionalidad de tu hijo con una declaración de este ante notario, en la que se especifique que te cede la responsabilidad acerca de las decisiones sobre el menor.
¿Qué es la jura de nacionalidad?
Es la última fase para la consecución de la nacionalidad española. Una vez te han notificado la resolución favorable de concesión de nacionalidad debes jurar o prometer al rey, a la constitución y al ordenamiento jurídico.
¿Dónde tengo que realizar la jura de nacionalidad?
En el Registro Civil del domicilio perteneciente a tu lugar de residencia.
¿Qué documentación necesito para la jura de nacionalidad?
- Pasaporte válido y en vigor.
- Última tarjeta de residencia.
- Certificado de empadronamiento.
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de antecedentes penales.
Le han concedido la nacionalidad por opción a mi hijo, ¿tiene que hacer la jura de nacionalidad?
No, basta con el consentimiento de los padres al iniciar la solicitud.
Me han concedido la nacionalidad, ¿Puedo traer a mi pareja?
Si. En caso de que estéis casados o seáis pareja de hecho, debéis inscribir el matrimonio en el registro civil y solicitar el permiso de residencia correspondiente según tus circunstancias.
En su defecto, si eres nacional español y quieres traer a tu pareja a España, ponte en contacto con los abogados de extranjería de POZO Abogados & Asociados, quienes te asesorarán sobre los pasos a seguir.
Abogado para la nacionalidad española en Granada
Obtener la nacionalidad española es la culminación del proyecto migratorio: supone plenos derechos y seguridad definitiva. En POZO Abogados & Asociados tramitamos tu expediente de nacionalidad en Granada, cuidando cada requisito para evitar las denegaciones más habituales.
Nacionalidad por residencia: los plazos
La vía más común es la nacionalidad por residencia, que exige residencia legal y continuada durante: 10 años con carácter general; 5 años para refugiados; 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes; y 1 año en supuestos como haber nacido en España, estar casado con español/a o ser hijo de español de origen.
Los exámenes CCSE y DELE
Salvo excepciones, hay que superar el examen CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales) y, para quienes no procedan de países hispanohablantes, el DELE A2 de español. Te orientamos sobre las pruebas, la documentación (certificados de antecedentes, nacimiento, empadronamiento) y el juramento final ante el Registro Civil.
Otras vías: origen, matrimonio, opción y carta de naturaleza
Además de la residencia, la nacionalidad española puede adquirirse por origen, por opción (por ejemplo, hijos de quienes obtienen la nacionalidad), por carta de naturaleza (concesión discrecional del Gobierno) o tras un año de matrimonio con español/a con convivencia acreditada. Estudiamos tu caso y elegimos la vía más rápida y segura.
Documentación necesaria
- Pasaporte y NIE/TIE en vigor
- Certificado de nacimiento apostillado y traducido
- Certificado de antecedentes penales del país de origen apostillado
- Certificado de empadronamiento histórico
- Diplomas CCSE y DELE A2 del Instituto Cervantes
- Documentación que acredite la integración social
El proceso de solicitud paso a paso
- Consulta inicial: evaluamos tu caso y la vía más adecuada
- Preparación de las pruebas: orientación para el CCSE y el DELE A2
- Recopilación documental: apostillas, traducciones y certificados
- Presentación telemática de la solicitud
- Seguimiento del expediente e impulso si se paraliza
- Jura o promesa ante el Registro Civil
¿Cuánto tarda? Plazos de resolución
Los expedientes de nacionalidad española pueden tardar entre 1 y 3 años en resolverse. En POZO Abogados & Asociados hacemos seguimiento activo del expediente y lo impulsamos cuando es posible, incluso por vía judicial si queda paralizado.
Preguntas frecuentes
¿Cuántos años necesito para la nacionalidad por residencia?
Con carácter general, 10 años de residencia legal y continuada; 5 para refugiados; 2 para nacionales iberoamericanos, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes; y 1 año en casos como haber nacido en España o estar casado con español/a. Analizamos tu plazo.
¿Qué exámenes hay que aprobar para la nacionalidad?
Por regla general, el examen CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales de España) y, para quienes no proceden de países hispanohablantes, el DELE A2 de lengua española. Existen exenciones en determinados casos. Te informamos y orientamos sobre ambas pruebas.
¿Casarme con español/a me da la nacionalidad?
No de forma automática, pero reduce el plazo de residencia exigido a 1 año de residencia legal, siempre que el matrimonio subsista y haya convivencia. Tramitamos la solicitud acreditando el vínculo y la convivencia.
¿Puedo tener doble nacionalidad?
España permite la doble nacionalidad con los países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, entre otros supuestos. Con otros países, en principio, hay que renunciar formalmente, aunque a efectos españoles conservas la nacionalidad española. Te asesoramos según tu país.
Me han denegado la nacionalidad, ¿puedo recurrir?
Sí. Las denegaciones (por ejemplo, por falta de integración, antecedentes o defectos documentales) pueden recurrirse en vía administrativa y contencioso-administrativa. Revisamos el motivo y planteamos el recurso dentro de plazo.
¿Puedo solicitar la nacionalidad si tengo una multa pendiente?
Las multas administrativas (por ejemplo, de tráfico) no son antecedentes penales, por lo que en principio no impiden la solicitud. Los antecedentes penales sí son causa habitual de denegación. Consulta tu caso concreto con nosotros.
Fuente oficial: Ministerio de Inclusión — Portal de Extranjería.
Más sobre extranjería en Granada
En POZO Abogados & Asociados gestionamos todos los trámites de extranjería. Si tu caso se relaciona con otras gestiones, aquí tienes información útil:
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