POZO ABOGADOS & ASOCIADOS

Abogado de Accidentes de Trabajo en Granada

Abogado especialista en accidentes de trabajo en Granada

Si has sufrido un accidente de trabajo en Granada, en POZO Abogados & Asociados te ayudamos a reclamar todo lo que te corresponde. Un accidente laboral no solo te causa un daño físico o psicológico: puede afectar a tu capacidad de trabajar, a tus ingresos y a tu futuro. Como abogados laboralistas en Granada, defendemos tus derechos frente a la empresa, la mutua y la Seguridad Social para que obtengas la prestación, el recargo y la indemnización que la ley te reconoce.

Se considera accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena, incluidos los accidentes in itinere (al ir o volver del trabajo) y los ocurridos en misión. También lo son las enfermedades o dolencias que se agravan como consecuencia de la actividad laboral. Determinar correctamente la contingencia —accidente de trabajo frente a enfermedad común— es decisivo, porque de ello dependen prestaciones más altas y derechos adicionales.

Qué reclamamos tras un accidente laboral

Cuando sufres un accidente de trabajo puedes tener derecho a varias prestaciones y compensaciones que, con frecuencia, no se reclaman en su totalidad. En POZO Abogados & Asociados revisamos tu caso de forma integral para reclamar la prestación por incapacidad temporal o permanente, el recargo de prestaciones cuando ha existido falta de medidas de seguridad, y la indemnización por daños y perjuicios derivada del accidente. Cada una de estas vías es compatible con las demás y suma a tu favor.

El recargo de prestaciones: clave en Granada

Cuando el accidente se produce por falta de medidas de seguridad —ausencia de EPIs, formación insuficiente, maquinaria sin protección o incumplimiento de la prevención de riesgos laborales—, la empresa puede ser condenada a un recargo de entre el 30% y el 50% sobre todas las prestaciones económicas. Este recargo lo paga directamente la empresa y no es asegurable. Detectar y probar esa falta de medidas es una de nuestras especialidades como abogado de accidentes de trabajo en Granada. Cuéntanos tu caso llamando al 618 619 922 o por WhatsApp.

Tipos de accidente de trabajo

No todos los accidentes laborales son iguales, y su calificación influye directamente en las prestaciones. Estos son los supuestos más habituales que atendemos como abogados de accidentes de trabajo en Granada:

  • Accidente en el centro de trabajo: el que ocurre en el lugar y tiempo de trabajo, la modalidad más común y con presunción de laboralidad.
  • Accidente in itinere: el sufrido al ir o volver del trabajo por el trayecto y horario habituales.
  • Accidente en misión: el ocurrido durante desplazamientos o gestiones encomendadas por la empresa fuera del centro de trabajo.
  • Enfermedad del trabajo: dolencias contraídas o agravadas con motivo del trabajo que, aun no siendo enfermedad profesional listada, se asimilan a accidente de trabajo.
  • Accidente por falta de medidas de seguridad: el que da lugar, además, al recargo de prestaciones a cargo de la empresa.

El proceso de reclamación paso a paso

Acompañamos al trabajador en todas las fases del procedimiento para que no pierda ningún derecho:

  • 1. Parte de accidente y baja médica. Verificamos que la empresa haya tramitado correctamente el parte y que la contingencia se califique como accidente de trabajo.
  • 2. Seguimiento con la mutua. Controlamos las altas y bajas médicas e impugnamos las altas prematuras cuando no hay recuperación real.
  • 3. Determinación de contingencia. Si la mutua o el INSS califican el proceso como enfermedad común, lo impugnamos para que se reconozca como accidente de trabajo.
  • 4. Incapacidad y secuelas. Solicitamos el grado de incapacidad permanente que corresponda a las secuelas.
  • 5. Recargo e indemnización. Reclamamos el recargo de prestaciones y la indemnización de daños y perjuicios ante el Juzgado de lo Social.

Diferencia entre accidente de trabajo y enfermedad común

La distinción no es menor. Las prestaciones derivadas de accidente de trabajo se calculan sobre una base reguladora más favorable, no exigen periodo previo de cotización y llevan aparejadas el posible recargo y la indemnización de daños. Por eso las mutuas tienden, en ocasiones, a calificar como enfermedad común lo que en realidad es una contingencia profesional. Impugnar esa calificación es una de las actuaciones que con más frecuencia mejora sustancialmente la situación del trabajador, y una de las que abordamos en POZO Abogados & Asociados con mayor rigor probatorio.

Documentación clave tras un accidente laboral

Reunir la documentación adecuada desde el primer momento fortalece enormemente la reclamación. Conviene conservar el parte de accidente de trabajo emitido por la empresa, los informes médicos de asistencia y evolución, el parte de baja, cualquier comunicación con la empresa o la mutua, los datos de testigos del accidente y, si existe, el informe de la Inspección de Trabajo. También es útil documentar las condiciones de seguridad del puesto: formación recibida, equipos de protección facilitados y estado de la maquinaria. En POZO Abogados & Asociados te orientamos sobre qué reunir y cómo, para que ningún detalle relevante se pierda por el camino.

El papel de la mutua y cómo defenderte

Tras un accidente de trabajo, gran parte del proceso pasa por la mutua colaboradora con la Seguridad Social: es quien atiende la asistencia sanitaria, controla la baja y decide las altas médicas. El problema surge cuando la mutua da el alta antes de que el trabajador se haya recuperado, o cuando califica el proceso como enfermedad común para abaratar la prestación. Frente a ello, el trabajador no está indefenso: puede impugnar el alta ante el INSS y solicitar la revisión de la contingencia. En POZO Abogados & Asociados vigilamos cada decisión de la mutua, reunimos los informes médicos que respaldan tu situación y presentamos las impugnaciones en plazo para que no se te prive de la baja ni de las prestaciones que te corresponden.

La indemnización por daños y perjuicios

Además de las prestaciones de la Seguridad Social y del recargo, el trabajador accidentado puede reclamar a la empresa una indemnización por daños y perjuicios cuando el accidente se debe a su incumplimiento en materia de prevención. Esta indemnización se calcula conforme al baremo de accidentes e incluye el daño corporal (días de baja y secuelas), el daño moral y el perjuicio económico o lucro cesante. Es una vía independiente y compatible con todo lo anterior, y a menudo la de mayor cuantía. Cuantificarla correctamente exige un análisis médico-jurídico riguroso que realizamos para que la compensación refleje todo el daño realmente sufrido.

Prestaciones según el grado de incapacidad

Cuando el accidente de trabajo deja secuelas, el trabajador puede acceder a distintos grados de incapacidad permanente, cada uno con consecuencias económicas propias. La incapacidad permanente parcial da derecho a una indemnización a tanto alzado; la total reconoce una pensión del 55% de la base reguladora por no poder ejercer la profesión habitual; la absoluta alcanza el 100% por impedir cualquier trabajo; y la gran invalidez añade un complemento por necesitar la ayuda de otra persona. Al derivar de accidente de trabajo, estas prestaciones se calculan sobre bases más favorables y son compatibles con el recargo y la indemnización de daños. Valoramos el grado que realmente corresponde a tus secuelas y lo defendemos ante la Seguridad Social y los tribunales.

¿Por qué elegir a POZO Abogados & Asociados en Granada?

Porque combinamos conocimiento profundo del Derecho Laboral y de la Seguridad Social con una atención cercana y directa. Analizamos cada accidente de trabajo de forma integral —prestación, recargo e indemnización—, actuamos con rapidez frente a plazos que a veces son de solo unos días, y te explicamos con lenguaje claro qué opciones reales tienes. No trabajamos en serie: un abogado de referencia lleva tu caso de principio a fin, con disponibilidad real cuando surge la urgencia y con la implicación que merece un asunto que afecta a tu salud y a tu futuro económico.

ÁREAS DE ACTUACIÓN:
Recargo de prestaciones

Cuando el accidente se debe a falta de medidas de seguridad, reclamamos el recargo del 30% al 50% sobre las prestaciones, a cargo directo de la empresa.

Indemnización por daños y perjuicios

Reclamamos la indemnización civil adicional por el daño físico, moral y económico sufrido, compatible con las prestaciones de la Seguridad Social.

Accidente in itinere y en misión

Defendemos el reconocimiento como accidente de trabajo de los ocurridos al ir o volver del trabajo o durante desplazamientos, con sus mayores prestaciones.

Determinación de contingencia

Impugnamos ante la Seguridad Social las resoluciones que califican como enfermedad común lo que en realidad es accidente de trabajo, para elevar tus prestaciones.

Ya sabes lo que podemos hacer por ti, ¿Quieres que hablemos sobre tu situación?

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Despacho de Abogados Laboralistas especialistas en Accidentes de Trabajo

Nuestra experiencia como abogados laboralistas en Granada nos permite abordar cada accidente de trabajo con rigor técnico y una estrategia orientada al resultado. Sabemos que tras un accidente el trabajador se enfrenta a la mutua, a la empresa y a la Seguridad Social a la vez, y que cada plazo cuenta.

En POZO Abogados & Asociados analizamos el parte de accidente, el informe de la Inspección de Trabajo, la documentación médica y las condiciones de seguridad para construir una reclamación sólida. Te acompañamos en la impugnación de altas médicas, en la determinación de contingencia, en el reconocimiento de la incapacidad permanente y en la reclamación del recargo y de la indemnización de daños.

Si además el accidente ha derivado en un despido o en presiones para que causes baja, valoramos las vías de reclamación por despido y, en su caso, de acoso laboral. Nuestro compromiso es que no renuncies a ningún derecho por desconocimiento. La primera consulta presencial tiene un coste de 60 €, y te ofrecemos información clara y un presupuesto transparente antes de asumir tu caso.

Aclara tus dudas sobre los Accidentes de Trabajo

¿Qué se considera accidente de trabajo?

Es toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o como consecuencia del trabajo por cuenta ajena. Incluye los accidentes ocurridos en el centro de trabajo, los accidentes in itinere (al ir o volver del trabajo), los ocurridos en misión o desplazamiento, y las dolencias que se agravan por causa del trabajo. La calificación como accidente de trabajo da derecho a prestaciones más altas que la enfermedad común.

¿Qué es el recargo de prestaciones y cuándo se aplica?

El recargo de prestaciones es un incremento de entre el 30% y el 50% sobre todas las prestaciones económicas derivadas del accidente, que se aplica cuando este se ha producido por falta de medidas de seguridad. Lo paga directamente la empresa y no puede asegurarse. Es una de las reclamaciones más importantes y a menudo se pasa por alto.

¿Puedo reclamar una indemnización además de la prestación de la Seguridad Social?

Sí. La indemnización por daños y perjuicios es compatible con las prestaciones de la Seguridad Social y con el recargo. Se reclama por el daño físico, moral y económico que el accidente te ha causado, valorado conforme a baremo. Un abogado laboralista calcula y reclama todas las vías para maximizar la compensación.

¿Qué plazo tengo para reclamar por un accidente de trabajo?

Los plazos varían según lo que se reclame: un año para la reclamación de daños y perjuicios, y plazos específicos para impugnar altas médicas o resoluciones de la Seguridad Social, que pueden ser de días. Por eso es fundamental contactar cuanto antes con un abogado de accidentes de trabajo en Granada para no perder ningún derecho.

La mutua me ha dado el alta y no estoy recuperado, ¿qué hago?

Puedes impugnar el alta médica ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social en un plazo muy breve. Mientras se resuelve, es clave documentar tu situación con informes médicos. Te ayudamos a preparar la impugnación y, si procede, a solicitar la prórroga de la incapacidad temporal o el reconocimiento de una incapacidad permanente.

¿Puede despedirme la empresa estando de baja por accidente de trabajo?

Un despido durante la baja puede ser improcedente o incluso nulo según las circunstancias. Si te despiden estando de baja por accidente de trabajo, contacta de inmediato con nosotros: analizamos la calificación del despido y reclamamos la readmisión o la indemnización que corresponda.

¿Qué es un accidente in itinere?

Es el que sufre el trabajador al ir o volver del trabajo, por el trayecto habitual y en un tiempo razonable. Tiene la consideración de accidente de trabajo, con las prestaciones reforzadas que ello implica. La Seguridad Social a veces lo discute, por lo que conviene acreditar bien el trayecto y las circunstancias.

¿Cuánto cuesta un abogado de accidentes de trabajo en Granada?

La consulta presencial tiene un coste de 60 €, y el resto de servicios se rigen por las tarifas indicadas para cada actuación. Te informamos con claridad y te damos un presupuesto transparente antes de asumir tu reclamación, sin sorpresas y valorando siempre la viabilidad de tu caso.

¿Qué prestaciones puedo cobrar si el accidente me deja secuelas?

Si el accidente te deja secuelas permanentes, puedes tener derecho a una incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez, además de la indemnización y el recargo. Valoramos el grado que corresponde a tu situación y lo reclamamos ante la Seguridad Social y, si es necesario, ante el Juzgado de lo Social.

¿Interviene la Inspección de Trabajo en los accidentes laborales?

Sí. En los accidentes graves la Inspección de Trabajo investiga las causas y puede levantar acta por incumplimientos de seguridad, lo que refuerza la reclamación del recargo de prestaciones. Su informe es una prueba muy relevante que analizamos al preparar tu caso.

¿Y si el accidente fue por mi propia imprudencia?

La imprudencia profesional del trabajador (la derivada del ejercicio habitual del trabajo y la confianza que este inspira) no excluye la consideración de accidente de trabajo. Solo la imprudencia temeraria muy grave puede hacerlo. Cada caso requiere un análisis individual que realizamos sin compromiso previo.

¿Cómo empiezo mi reclamación?

Llámanos al 618 619 922, escríbenos por WhatsApp o rellena el formulario de esta página. Reunimos el parte de accidente, los informes médicos y la documentación de la empresa, y diseñamos la estrategia para reclamar prestación, recargo e indemnización. Cuanto antes actuemos, mejor protegeremos tus derechos.

¿La empresa está obligada a asegurar los accidentes de trabajo?

Sí. La empresa está obligada a cotizar por las contingencias profesionales y a tener cubierto el accidente de trabajo, normalmente a través de una mutua colaboradora con la Seguridad Social. Esa cobertura es la que garantiza las prestaciones al trabajador accidentado, con independencia de que además pueda reclamarse el recargo y la indemnización de daños a la propia empresa cuando ha habido falta de medidas de seguridad.

¿Qué diferencia hay entre incapacidad total y absoluta?

La incapacidad permanente total inhabilita para la profesión habitual, pero permite trabajar en otra distinta, y reconoce una pensión del 55% de la base reguladora (75% a partir de los 55 años en determinados supuestos). La absoluta inhabilita para todo trabajo y reconoce el 100% de la base. Determinar el grado correcto según tus secuelas es clave, y a menudo requiere impugnar la resolución inicial del INSS.

¿Puedo reclamar si soy autónomo y he tenido un accidente trabajando?

Sí. Los trabajadores autónomos que hayan cotizado por contingencias profesionales tienen derecho a las prestaciones por accidente de trabajo del RETA. Analizamos tu cobertura y tu base de cotización para reclamar la prestación por incapacidad temporal o permanente que te corresponda. Si el accidente tiene un tercero responsable, valoramos también la reclamación de daños.