Recibir una carta de despido mientras estás de baja médica genera muchas dudas: ¿es legal?, ¿pueden echarme estando enfermo?, ¿qué puedo reclamar? La respuesta corta es que un despido durante la baja no es automáticamente nulo, pero sí puede serlo o ser improcedente según las circunstancias. Te lo explicamos.
Índice
¿Pueden despedirme estando de baja médica?
Sí, la empresa puede despedirte durante una incapacidad temporal, pero debe tener una causa válida y ajustada a derecho. Estar de baja no te blinda frente al despido, pero tampoco puede ser el motivo real del mismo. La clave está en distinguir entre un despido legítimo por otra causa y un despido que encubre una discriminación por tu situación de salud.
Despido improcedente o nulo: la gran diferencia
- Improcedente: cuando la causa alegada no se justifica o no se cumplen los requisitos formales. Da derecho a una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, o a la readmisión.
- Nulo: cuando el despido vulnera un derecho fundamental o es discriminatorio, por ejemplo, si se te despide por estar enfermo o si la baja es de larga duración y equiparable a una discapacidad. Obliga a readmitirte con abono de los salarios dejados de percibir.
La jurisprudencia, siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE, ha reconocido en varios supuestos la nulidad del despido de trabajadores de baja cuando la enfermedad es duradera y el despido esconde una discriminación.
Qué hacer si te despiden estando de baja
- No firmes la carta como «conforme»; firma «no conforme» o solo como «recibido».
- Guarda la carta de despido, los partes de baja y toda la comunicación con la empresa.
- Actúa rápido: tienes 20 días hábiles para impugnar el despido.
- Consulta con un abogado laboralista para valorar si procede la improcedencia o la nulidad.
Preguntas frecuentes
¿Es nulo el despido si estoy de baja?
No siempre. Será nulo si se demuestra que la baja o la enfermedad fue el motivo real del despido y existe discriminación, especialmente en bajas de larga duración. En otros casos puede ser improcedente. Hay que analizar las circunstancias concretas.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
20 días hábiles desde la fecha del despido. Es un plazo de caducidad muy breve, por lo que conviene contactar con un abogado de inmediato para preparar la papeleta de conciliación y, en su caso, la demanda.
¿Sigo cobrando la baja si me despiden?
Sí. La prestación por incapacidad temporal continúa aunque te despidan, y pasa a abonarla directamente la entidad gestora. El despido no interrumpe tu derecho a la baja.
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