Si tu empresa ha anunciado un ERE (Expediente de Regulación de Empleo) o un ERTE, es normal que te asalten las dudas: ¿pueden despedirme?, ¿qué indemnización me corresponde?, ¿puedo impugnarlo? En POZO Abogados & Asociados asesoramos a trabajadores de Granada afectados por expedientes de regulación de empleo para que no aceptes menos de lo que te corresponde por ley.
¿Qué es un ERE y en qué se diferencia de un ERTE?
El ERE es un procedimiento por el que una empresa extingue de forma colectiva los contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Supone la pérdida definitiva del empleo. El ERTE, en cambio, es una suspensión temporal del contrato o una reducción de jornada: el vínculo laboral no se rompe y, cuando la situación mejora, el trabajador se reincorpora. La diferencia es esencial, porque los derechos, plazos y vías de defensa no son los mismos.
¿Qué indemnización me corresponde en un ERE?
La indemnización mínima legal en un despido colectivo por causas objetivas es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Sin embargo, en muchos EREs la indemnización final se negocia al alza durante el periodo de consultas con la representación de los trabajadores. Un abogado laboralista revisa si la causa alegada por la empresa es real, si el cálculo es correcto y si existen vías para mejorar la indemnización o impugnar el expediente.
¿Puedo impugnar un ERE?
Sí. Un ERE puede impugnarse tanto de forma colectiva (a través de los representantes de los trabajadores) como de forma individual. Los motivos más frecuentes de impugnación son:
- Que la causa alegada no sea real o no esté suficientemente justificada.
- Que no se haya respetado el periodo de consultas con la representación de los trabajadores.
- Que existan defectos formales en la comunicación o en la documentación aportada.
- Que la selección de los trabajadores afectados sea discriminatoria o vulnere derechos fundamentales.
Si el juez declara el despido improcedente, la indemnización asciende a 33 días por año trabajado; si lo declara nulo, tienes derecho a la readmisión con abono de los salarios de tramitación.
Plazos: no dejes pasar el tiempo
El plazo para impugnar tu despido dentro de un ERE es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad muy breve, por lo que conviene contactar con un abogado cuanto antes: cada día cuenta para preparar la papeleta de conciliación y, en su caso, la demanda ante el Juzgado de lo Social de Granada.
Cómo te ayudamos en POZO Abogados
- Analizamos la carta de despido y la documentación del expediente para detectar defectos.
- Calculamos la indemnización real que te corresponde y la contrastamos con la ofrecida.
- Te representamos en la conciliación previa ante el SMAC y, si no hay acuerdo, en el Juzgado de lo Social.
- Valoramos la compatibilidad con la prestación por desempleo y otros derechos asociados.
Preguntas frecuentes sobre el ERE en Granada
¿Puedo cobrar el paro si me despiden en un ERE?
Sí. El despido dentro de un ERE es una situación legal de desempleo, por lo que tienes derecho a la prestación contributiva si cumples el periodo mínimo de cotización. Te ayudamos a tramitarla y a comprobar que se calcula correctamente.
¿Es obligatorio aceptar la indemnización que ofrece la empresa?
No. Aceptar la indemnización sin reservas puede suponer renunciar a reclamar. Antes de firmar nada, conviene que un abogado revise si la cantidad es correcta y si el despido es impugnable. Firmar «no conforme» preserva tu derecho a reclamar.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar el ERE?
20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido. Es un plazo de caducidad, no de prescripción, por lo que no se interrumpe fácilmente. Actúa cuanto antes.
¿Qué diferencia hay entre despido improcedente y nulo en un ERE?
El despido improcedente da derecho a 33 días de salario por año trabajado (o a la readmisión, a elección de la empresa). El despido nulo obliga a readmitirte con abono de los salarios dejados de percibir, y se declara cuando hay vulneración de derechos fundamentales o discriminación.
Contacta con tu abogado laboralista en Granada
Si estás afectado por un ERE o un ERTE en Granada, no firmes nada sin asesorarte. Llámanos al 618 619 922 o escríbenos por WhatsApp. Primera consulta: 60€ (deducibles del total si contratas nuestros servicios). Consulta también nuestra página de abogado laboral en Granada y de reclamaciones por despidos.