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¿Puedo trabajar mientras espero respuesta de extranjería? Lo que dice la ley y qué debes tener en cuenta

Solicitar un permiso de residencia o trabajo en España es un proceso que puede tardar semanas o incluso meses. Durante ese tiempo, muchas personas se preguntan si pueden empezar a trabajar legalmente mientras esperan la resolución de su expediente. La respuesta no siempre es sencilla: depende del tipo de trámite, del momento en el que se presenta la solicitud y de si se cumplen ciertos requisitos.

En este artículo te explicamos en qué casos puedes trabajar mientras esperas respuesta de extranjería, qué riesgos existen y cómo un abogado de extranjería puede ayudarte a asegurarte de que cumples con la legalidad.

¿Estás esperando una resolución y no sabes si puedes trabajar? Habla con nuestro equipo legal y valoramos tu situación paso a paso.

¿Puedo trabajar mientras mi solicitud está en trámite?

Depende del tipo de solicitud que hayas presentado. La normativa distingue claramente entre:

1. Primera solicitud de residencia y trabajo por cuenta ajena

🔹 No puedes trabajar hasta que se apruebe la autorización y obtengas tu TIE (tarjeta de identidad de extranjero).

Este permiso se solicita desde el país de origen y requiere la aprobación previa de la Oficina de extranjería. Solo podrás trabajar una vez concedida la autorización y tras haber realizado la entrada legal en España.

2. Arraigo social con contrato de trabajo

🔹 Tampoco puedes empezar a trabajar hasta que te concedan la residencia y la autorización de trabajo.

Aunque se presenta en España, necesitas que extranjería apruebe la solicitud. Solo entonces podrás darte de alta en la Seguridad Social y comenzar a trabajar legalmente.

3. Renovación de permiso de residencia y trabajo

🔹 Sí puedes seguir trabajando mientras esperas la resolución, siempre que hayas presentado la renovación dentro de plazo (antes de que caduque tu tarjeta).

El artículo 71.2 de la Ley 39/2015 reconoce el derecho a seguir en la misma situación legal mientras se resuelve una renovación. Debes mantener una copia del resguardo de presentación para mostrar a la empresa.

4. Modificación de permiso (por ejemplo, de estudios a trabajo)

🔹 Debes esperar a que se apruebe el cambio de situación para poder trabajar.

Durante el trámite, sigues en la situación anterior (estudiante, por ejemplo), lo que no te autoriza a trabajar a jornada completa.

5. Solicitud de asilo o protección internacional

🔹 Puedes trabajar legalmente a partir de los 6 meses desde que presentaste la solicitud, si aún no hay resolución.

Debes haber renovado tu documentación (la famosa “hoja blanca” o la tarjeta roja) y contar con autorización expresa para trabajar, que se te concederá si el procedimiento sigue abierto.

¿Qué pasa si empiezo a trabajar sin autorización?

Trabajar sin autorización es una infracción grave, tanto para ti como para la empresa:

  • Tú puedes perder la oportunidad de obtener el permiso
  • La empresa puede ser sancionada con multas elevadas
  • Puede afectar negativamente a trámites futuros (renovaciones, nacionalidad…)

No te la juegues. Antes de empezar un trabajo, asegúrate de estar autorizado legalmente.

¿Cómo acreditar que puedes trabajar si aún no tienes la tarjeta física?

Si tienes un resguardo de renovación en plazo, puedes demostrar que tienes derecho a seguir trabajando mostrando:

  • El resguardo de presentación (con sello de extranjería)
  • Una copia del permiso anterior caducado
  • El contrato actual y alta en Seguridad Social

Si tienes dudas, podemos ayudarte a preparar una carta para tu empleador o asesoría, confirmando tu situación legal.

En muchos casos no se puede trabajar mientras extranjería resuelve tu expediente, pero hay excepciones: renovaciones, solicitudes de asilo o ciertas situaciones especiales. La clave está en conocer bien tu situación administrativa y no cometer errores que puedan perjudicarte.

¿Quieres saber si puedes trabajar legalmente mientras esperas? Consulta con nuestro equipo legal y te orientamos con seguridad.

NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS ESTÁ PARA AYUDARTE

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