POZO ABOGADOS & ASOCIADOS

Abogados Desahucios

ABOGADO EXPERTO EN DESAHUCIOS

¿Has arrendado una finca o inmueble y el arrendatario está incumpliendo con el pago de la renta? ¿Ha expirado el tiempo pactado en el contrato de arrendamiento y el arrendatario no abandona la finca o inmueble?

 En POZO Abogados & Asociados contamos con abogado de desahucios que te asesorará en todo momento sobre la posibilidad de iniciar un procedimiento de desahucio. En caso de que el desahucio fuese posible, iniciaremos un procedimiento de desahucio en el que también puedo reclamar el abono de las rentas pendientes.

Nuestro despacho de abogados en Granada es la mejor solución para instar el desahucio. Si necesitas ayuda o quieres saber más sobre sí puedes iniciar un procedimiento de desahucio, consultanos. Nuestro equipo de especialistas en desahucios te ayudará en todo lo que necesites.

ÁREAS DE ACTUACIÓN:
08-law
Demanda de Desahucio
08-law
Reclamación mediante Burofax
08-law
Demanda por impago de renta

Ya sabes lo que podemos hacer por ti, ¿Quieres que hablemos sobre tu situación?

ABOGADO DE URGENCIA 24H

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Pozo Abogados

Despacho de Abogados especialistas en Desahucios

Nuestra experiencia como abogados en desahucios en Granada, nos hace conscientes de la frustración derivada de que el arrendatario no realice el pago de las rentas o cantidades asumidas por él o que no abandone el inmueble o finca una vez expirado el tiempo pactado.

Es por ello, por lo que contamos con un equipo de expertos en desahucios totalmente implicado en la situación a la que se enfrenta alguien que se vea en una situación susceptible de iniciarse un procedimiento de desahucio.

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¿Qué acciones provocan que pueda llevarse a cabo un desahucio?

El desahucio puede instarse siempre que se produzca un impago de rentas o cantidades pactadas por parte del arrendatario de una finca o inmueble o bien cuando una vez expirado el tiempo pactado no se lleve a cabo el abandono de la finca o inmueble por parte del arrendatario.

¿Cómo se inicia el procedimiento de desahucio?

El procedimiento de desahucio se iniciará mediante la interposición de demanda de juicio verbal por desahucio. Una vez interpuesta la demanda de desahucio, el inquilino será notificado con la cita a comparecencia de juicio, así como con la fecha de desalojo (lanzamiento).

En caso de que el arrendatario no pueda alegar la improcedencia del desahucio, el Juez declarará la resolución del contrato y ordenará el desalojo de la propiedad, pudiendo reclamarse en dentro del mismo procedimiento el abono de las rentas pendientes de pago, así como aquellas que se acumulen hasta el desalojo del arrendatario.

¿Cabe la posibilidad de evitar el desahucio y que el arrendatario siga ocupando la finca o vivienda?

Sí, mediante la denominada enervación, la cual consiste en que si una vez interpuesta la demanda, si el arrendatario paga o consigna el importe adeudado antes del día señalado para el juicio, se pondrá fin al procedimiento y continuando con el contrato de arrendamiento que hay en vigor y, por lo tanto, podrá continuar ocupando la finca o vivienda.

¿Qué acciones son recomendables hacer antes de iniciar el procedimiento de desahucio?

Antes de iniciar el procedimiento de desahucio conviene realizar una notificación fehaciente al arrendatario dándole la posibilidad de que pague antes de llevar a cabo acciones judiciales. Para esta reclamación fehaciente se recomienda usar Burofax debido a su fiabilidad en la entrega y la facilidad para constituir prueba judicial válida.

En POZO ABOGADOS & ASOCIADOS ofrecemos el servicio de redacción y envío de burofax previo al inicio de acciones judiciales. Si una vez realizada la notificación fehaciente de requerimiento de pago transcurren 30 días sin que el arrendatario pague o consigne las cantidades debidas no habrá lugar a realizar la enervación.