¿Han difundido fotos o vídeos de carácter sexual o erótico de ti por WhatsApp u otras redes sociales? Debes saber que podríamos estar siendo víctima de un delito de SEXTING.
El avance de las nuevas tecnologías, junto con la globalización del uso de las redes sociales ha generado numerosos problemas, como es el SEXTING, que afectan cada vez más, y en mayor medida a los adolescentes, aunque también se dan casos en adultos.
En POZO Abogados & Asociados conocemos de primera mano el riesgo que supone el tráfico de vídeos e imágenes con contenido sexual en internet, por lo que, si conoces algún caso de SEXTING, ponte en contacto con nuestros abogados especialistas en derecho penal.
Índice
¿Qué es el Sexting?
El término “SEXTING” proviene de las palabras “SEXO” y “TEXTO”, e implica el envío de fotos, vídeos o audios con contenido sexual o erótico a través de WhatsApp o cualquier red social.
En la mayoría de los casos el envío de estos mensajes se produce por el autor de los mismo, ya que a veces puede parecer sexy, divertido o simplemente una manera de ligar. Pero esto no genera nada más que un gran problema, ya que la persona que los envía da su consentimiento a la receptora del mensaje para verlos, pero NO PARA REENVIARLOS A TERCEROS.
El Delito de Sexting
El hecho de que dos personas comparta fotos o vídeos íntimos entre ellos NO ES CONSTITUTIVO DE DELITO, pues forma parte de la vida íntima de los mismos.
El problema se da cuando ese contenido se comparte por WhatsApp u otras redes sociales SIN CONSENTIMIENTO de una de las partes, o aún con consentimiento se difunde a terceras personas, como pasa, por ejemplo, en casos de venganza por ruptura, en los que una de las partes difunde contenido íntimo de carácter sexual de la otra con el fin de humillarle.
La DIFUSIÓN de imágenes, vídeos o audios de contenido sexual o erótico SIN CONSENTIMIENTO es DELITO, ya que constituye un atentado contra la intimidad de la otra persona.
Un delito de SEXTING se puede llevar a cabo por aquella persona que recibe, graba, protagoniza junto con el perjudicado el contenido y después lo difunde sin el consentimiento de la otra parte, así como por aquellos a los que les llega la foto, vídeo o audio y los reenvían.
Es requisito indispensable que la divulgación del contenido suponga un menoscabo grave de la intimidad del perjudicado.
El delito de SEXTING se encuentra tipificado en el artículo 197.7 del Código Penal penado con prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses, agravándose en los siguientes supuestos:
- Cuando los hechos hubieran sido cometidos por el cónyuge o por persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad.
- Cuando el perjudicado sea un menor o persona discapacitada (grooming).
- Si la finalidad es lucrativa.
POZO Abogados & Asociados cuenta con una marcada experiencia en la materia. Si tú o alguien de tu ámbito lo sufre y quieres denunciarlo, contáctanos. El asesoramiento de un abogado penalista experto en la materia es primordial en este tipo de casos.
Redes sociales y Sexting: Consecuencias
Debes saber que el SEXTING al ser un fenómeno que se da a través de internet, está caracterizado por la pérdida de control del contenido (fotos, vídeos o audios), por lo que es muy fácil que le pueda ocurrir a cualquier persona, te puede pasar a ti.
Algunas de las consecuencias que puede causar el SEXTING en redes sociales y WhatsApp son:
- Discriminación en la web que traspasa a la vida real, ya que una imagen íntima de una persona puede ser usada por terceros para burlarse de ella, avergonzarla, e incluso acosarla. Esto puede llegar a producir en la persona la pérdida de credibilidad, limitación del desarrollo de la libre personalidad, vulneración de la dignidad y estigmatización, entre otros.
- Información personal totalmente expuesta en internet.
- Pérdida de la intimidad y de la privacidad, siendo esta compartida con miles de personas, en gran parte desconocidas, de todo el mundo.
- Ciberbulling, normalmente cometido entre menores. Cabe resaltar la vulnerabilidad de los mismos, causándoles estas conductas gran repercusión en sus vidas, ya que pueden llegar a tener graves daños psicológicos y morales.
En muchas ocasiones el delito de SEXTING puede verse convertido en un DELITO DE SEXTORSIÓN, cuando la imagen, vídeo o audio de contenido sexual o erótico es usado por un tercero para extorsionar, amenazar o chantajear a la persona que sale en los mismos mediante su difusión. Este tipo de chantaje normalmente tiene un fin económico o emocional.
Si sabes o sospechas sobre algún caso de SEXTING O SEXTORSIÓN, en Pozo Abogados & Asociados contamos con abogados especialistas en ciberdelitos que te asesorarán en todo momento sobre los pasos a seguir.
Nuestro despacho de abogados en Granada cuenta con abogados penalistas expertos y sabemos que una detección a tiempo te puede salvar de muchos problemas.
Estoy siendo acusado por un delito de Sexting o Sextorsión
Ahora bien, si por el contrario estás siendo acusado por un DELITO DE SEXTING O SEXTORSIÓN, te ayudaremos en tu defensa, ya que el asesoramiento de un abogado penalista en estos casos es muy importante. Estaremos informándote en todo momento sobre el atestado, las pruebas en contra, así como todo aquello que sea de notoria importancia en el proceso, pues está en juego tu libertad.
Del mismo modo, en el caso de que tengas antecedentes penales o policiales nosotros te ayudaremos a tramitar su cancelación.
Si necesitas asesoramiento o tienes alguna consulta sobre este tema, en POZO Abogados & Asociados estaremos encantados de atenderte.