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Separación y Divorcio

ABOGADO EXPERTO EN SEPARACIONES Y DIVORCIOS

Nuestro Despacho de Abogados en Granada es especialista en Derecho Civil. Si está a punto de afrontar un proceso de divorcio o separación, no dude en contactar con POZO Abogados & Asociados y le atenderá un abogado especializado en Derecho Civil.

Existen muchas complicaciones derivadas de un proceso de separación, por ello disponemos de UN SERVICIO DE ASISTENCIA ESPECIALIZADA, DISPONIBLE LAS 24 HORAS, EN CASO DE URGENCIAS.

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Despacho de Abogados especialistas en Separaciones y Divorcios

Nuestra experiencia como abogados civiles en Granada, nos hace conscientes de lo que supone para una persona tener que poner fin a una relación matrimonial.

Es por ello, por lo que contamos con un equipo de expertos en separaciones y divorcios, totalmente implicado en la situaciones ante las que se enfrenta una persona que se enfrenta a una ruptura del núcleo familiar.

Aclara tus dudas sobre Divorcios y Separación

¿Qué es la Nulidad Matrimonial?

En relación a la impugnación por invalidez de un matrimonio contraído con arreglo a las normas del Derecho Canónico, el Acuerdo de 3 de enero de 1979 suscrito entre la Santa Sede y el Estado Español expone en el artículo VI.2 que los contrayentes podrán acudir a los Tribunales eclesiásticos solicitando la declaración de nulidad o pedir decisión pontificia sobre el matrimonio. Y, a solicitud de cualquiera de las partes, las resoluciones eclesiásticas tendrán eficacia en el orden civil si se declaran ajustadas al Derecho del Estado, en resolución dictada por el Tribunal Civil competente.

Una vez sea obtenida la sentencia de nulidad eclesiástica, nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil prevé el procedimiento judicial para que, mediante el dictado de un Auto, se homologue y ajuste la declaración eclesiástica a la declaración judicial civil de nulidad del matrimonio, que deberá inscribirse en el correspondiente Registro Civil.

Diferencias entre Separación y Divorcio

Puede existir una separación física como expresión de la voluntad de no continuar con el vínculo matrimonial. También la separación puede ser solicitada judicialmente. En esto consiste la Separación Matrimonial.

Si existe conformidad, la separación será consensual y la resolución judicial ratificará la decisión adoptada por los cónyuges una vez haya sido comprobado el cumplimiento de los requisitos necesarios para la homologación del pacto. En caso de que alguno o alguna de los o las cónyuges se niegue a aceptar de forma consensual la separación, será decretada por el Juez o la Jueza competente, siempre que se ejercite la acción de separación judicialmente.

En cambio, el divorcio es una institución legal que permite la disolución vinculante del matrimonio en vida de ambos cónyuges. Consiste en la extinción total de los efectos de un matrimonio válido y eficaz, sea éste civil sea religioso, con posterioridad a su perfección.

Cuando los cónyuges deciden no continuar con la vida en común que han constituido mediante su enlace matrimonial, ambas partes sufren momentos de frustración y desánimo al ver que sus esfuerzos por construir esa unión han perecido en el intento. En esos momentos difíciles es necesario un apoyo integral a quienes han tomado esa decisión trascendental.

¿Cómo puedo poner fin a la convivencia matrimonial?

Existen dos formas de poner fin legalmente a la convivencia matrimonial:

- Mediante un PROCEDIMIENTO CONSENSUAL O CONVENCIONAL de separación o divorcio

- Mediante un PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO de separación o divorcio

Son procesos especiales en los que se debaten derechos e intereses privados pero también se juzgan situaciones jurídicas de orden público que afectan a intereses generales que deben ser salvaguardados por el tribunal, por ejemplo, al intervenir hijos menores. Adoptada la decisión de finalizar la relación, tanto si es de forma consensual o contenciosa, han de quedar establecidos los efectos o medidas derivadas de la separación o divorcio, de carácter personal y patrimonial.

Estos efectos son:

- PATRIA POTESTAD
- GUARDIA Y CUSTODIA
- RÉGIMEN DE VISITAS
- USO DE LA VIVIENDA Y EL AJUAR FAMILIAR
- CARGAS DEL MATRIMONIO Y PENSIÓN ALIMENTICIA
- PENSIÓN COMPENSATORIA