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¿En qué consiste el Delito de Revelación de Secretos?

delito de revelacion de secretos

¿Has obtenido, creado o difundido contenido de carácter personal de terceros sin su consentimiento? Debes saber que podrías estar incurriendo en un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

La forma más común de cometer este delito es, a través de Internet como ciberdelito, debido a que cada vez es más fácil acceder, crear, enviar, recibir y publicar información. La red se caracteriza por su efecto multiplicador, es decir, un mismo contenido puede llegar a miles de personas en un segundo. Este intercambio masivo de información puede desencadenar, en ocasiones, en un hecho delictivo.

Cuidado con el contenido al que accedes o difundes por la red porque podrías estar incurriendo en un delito de revelación de secretos

A continuación vamos a analizar las formas más comunes de realización del delito de revelación de secretos, así como las penas que conlleva, ya que en algunos casos, se comete con mucha facilidad y sin darnos cuenta de que lo que estamos haciendo es delito.

El Delito de Descubrimiento y Revelación de Secretos

¿Qué se entiende por secreto? Todo aspecto de la vida personal de una persona que queda fuera del conocimiento de terceras personas. 

El simple acceso a información de contenido personal de otra persona, su difusión o simplemente reenviar un contenido que recibes y que, aparentemente no parece perjudicial para nadie, puede estar vulnerando la intimidad de esa persona.  

Tanto si eres tú quien ha accedido o recibido el contenido, así como si lo has creado, como por ejemplo hacerle una foto a alguien, SIN SU AUTORIZACIÓN es delito, ya que no solo comete el hecho delictivo la persona que posee o crea el contenido y lo difunde, sino también aquellos usuarios que lo comparten.

Un ejemplo de ello lo encontramos muy presente en el tema de las denuncias a través de las Redes Sociales. En ellas son muy frecuentes los casos de personas que suben vídeos de gente cometiendo infracciones. Pero, ¿es legal? NO, ya que al compartir o publicar esa foto o vídeo SIN CONSENTIMIENTO atenta contra la intimidad de esa persona y, es más, está castigado con pena de cárcel. En cambio, si puedes hacer esa foto o video de la persona infractora para denunciar ante la policía.

En POZO Abogados & Asociados somos conscientes de la situación ante la que se encuentra una persona que sufre una violación de su intimidad, así como cuando es investigada por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, por ello contamos con un elenco de abogados especialistas en delitos de  descubrimiento y revelación de secretos.

¿Qué conductas conllevan la comisión de un Delito de Revelación de Secretos?

  • Apoderarse de documentos o efectos personales, ya sea en formato físico o digital (artículo 197 del Código Penal).
  • Cualquier tipo de comunicación interceptada sin el consentimiento de la persona, sin importar la naturaleza de la misma, ni el modo empleado para ellos (artículo 197 del Código Penal).
  • Realización, apropiación, modificación o difusión de archivos, imágenes, vídeos, cuentas, contraseñas o cualquier otro contenido de carácter personal sin el consentimiento del actor (artículo 197 del Código Penal).
  • Delito de SEXTING (artículo 197 del Código Penal).
  • Acceso a sistemas informáticos, conocido como intrusismo informático o interceptación de datos (artículo 197 bis Código Penal). 
  • Uso de la violencia informática para acceder a contenido (artículo 197 ter Código Penal).
  • Revelación de secreto laboral o profesional (Artículo 199 Código Penal).

La intimidad y la propia imagen es un derecho fundamental de las personas, por ello, estas conductas constituyen un delito de revelación de secretos siempre y cuando la finalidad sea DESCUBRIR LOS SECRETOS DE LA PERSONA O VULNERAR SU INTIMIDAD.

Es más, aún cuando la obtención de archivos, contraseñas de cuentas, imágenes o cualquier otro tipo de contenido personal de terceros se haya obtenido CON EL CONSENTIMIENTO del mismo, pero SIN AUTORIZACIÓN de la persona afectada para que las difundas, su divulgación a otras personas es constituyente de un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

¿Qué penas tiene el Delito de Revelación de Secretos?

La penas que establece el Código Penal para este delito dependen de la naturaleza del mismo, siendo:

  • Prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses para el tipo básico del artículo 197 del Código Penal.

Con un agravante cuando los hechos sean cometidos por las personas encargadas o responsables de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, o se lleven a cabo mediante la utilización no autorizada de datos personales de la víctima, estableciendo una pena de prisión de tres a cinco años, que se impondrá en su mitad superior cuando los datos sean difundidos, revelados o cedidos a otras personas sin el consentimiento de su dueño, así como cuando revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o una persona con discapacidad.

  • Si la finalidad de la obtención de archivos, documentos, contraseñas, imágenes, vídeos o cualquier otro tipo de contenido personal de terceros es LUCRARSE, la pena a imponer será la de prisión de cuatro a siete años.
  • El intrusismo informático o la intercepción de datos se castiga:
    • Con una pena de prisión de seis meses a dos años quien, vulnerando las medidas de seguridad, y sin autorización, acceda o facilite a terceros el acceso a un sistema de información o se mantenga en él sin el consentimiento de su dueño. 
    • Con una pena de prisión de tres meses a dos años o multa de tres a doce meses a quien, sin autorización, intercepte transmisiones no públicas de datos informáticos que se produzcan desde, hacia o dentro de un sistema de información, incluidas las emisiones electromagnéticas de los mismos.
  • El delito de violencia informática se castiga con una pena de prisión de seis meses a dos años o multa de tres a dieciocho meses a quien, sin consentimiento, produzca, adquiera para su uso, importe o facilite a terceros cualquier tipo de información, con la intención de facilitar la comisión de alguno de los delitos de los apartados anteriores.
  • Por último, el delito de revelación de secreto laboral está castigado:
    • Prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses a quien revele secretos ajenos de índole laboral de terceros.
    • Prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años al profesional que incumpliendo el secreto profesional divulgue los secretos de otra persona.

POZO Abogados & Asociados cuenta con una marcada experiencia en la materia. Si estas siendo investigado o sabes de alguien al que le estén vulnerando su intimidad y quieres denunciarlo, contáctanos. El asesoramiento de un abogado penalista experto en la materia es primordial en este tipo de casos.

¿Te ha pasado a ti?

¿Han accedido a tus Redes Sociales, correo o cualquier otro tipo de contenido privado sin tu consentimiento? En POZO Abogados & Asociados disponemos de expertos penalistas que te asesorarán en todo momento. 

Si tienes la certeza de que tú o alguien está siendo afectado por delito de descubrimiento y revelación de secretos debes saber que:

  • Es muy importante DENUNCIAR, ya que sin tu denuncia o la de tu representante legal no se podrá proceder por la vía penal. 

En el caso de discapacitados o menores podrá denunciar el Ministerio Fiscal de oficio.

  • La acción penal se extingue con el perdón del ofendido

Debes tener en cuenta que el simple hecho de que la difusión de contenido visual afecte a tu intimidad es delito, no es necesario que este sea de carácter erótico, ya que si es así, podríamos estar hablando de un delito de SEXTING.

Si tienes conocimiento de que un tercero posee material que afecte a tu intimidad, DENUNCIA. Y si, además, estás siendo amenazado o tienes miedo de que el contenido que posee esa persona sea difundido ponte en contacto con los abogados especialistas en derecho penal de POZO Abogados & Asociados.

NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS ESTÁ PARA AYUDARTE

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