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¿En qué consiste el Delito de Coacciones?

del delito de coacciones

“Me han forzado a hacer algo que no quiero”, “Le he prohibido a alguien hacer algo”. Realizar estas conductas puede constituir un delito de coacciones. Algo tan simple como decir a una persona que no haga una cosa constituye una coacción, pudiendo llegar a ser delito.

El delito de coacciones es un hecho muy grave, castigado con pena de cárcel. En POZO Abogados & Asociados conocemos muy de cerca las consecuencias que puede tener este delito. Por ello contamos con los mejores abogados penalistas.

¿QUÉ SON LAS COACCIONES?

La coacción constituye un acto de violación de la libertad de decisión de una persona, al obligarla a hacer o no hacer algo, que no quiere. La libre manifestación y decisión de las personas es un derecho fundamental, y quebrarlo, atenta contra el derecho a libertad de expresión y al libre tránsito.

Obligar a alguien a no ejercer su libertad, en casos donde no se esté evitando que suceda un acto ilícito conlleva intimidación, violencia o uso de la fuerza. Por lo cual esa persona ve mermada su capacidad y decide acceder a la coacción.

No es lo mismo coaccionar que amenazar. Ya que la amenaza impide de manera directa hacer lo que uno quiere, no dando opción de decisión. Además, requiere que se dé intimidación sobre la persona y, a diferencia de las coacciones, el mal que se anuncia no se manifiesta inmediatamente, sino que se realiza a largo plazo.

EL DELITO DE COACCIONES

Coaccionar a alguien constituye un delito tipificado en el artículo 172 del Código Penal y siguientes, que define en su apartado primero la coacción como el acto que realiza una persona no legitimada sobre otra al:

  • Impedir a otro mediante violencia hacer hago que no es delito.
  • Obligar a otro a hacer algo que no quiere, sea justo o no.
  • Cuando en alguno de estos casos se vulnere un derecho fundamental de manera no legítima.

Es muy importante resaltar que, este tipo delictivo solo se aplica en casos en los que se le impida a hacer o no hacer a alguien, supuestos no tipificados como delitos. Pues en caso contrario se estaría evitando la comisión de un delito que no constituye un delito de coacciones.

Hay que resaltar que no puedes cometer un delito de coacciones de forma imprudente. Pues la acción de coaccionar produce una reacción en la persona a la que se dirige.

No obstante, no son supuestos considerados dentro del delito de coacciones, y por tanto su imposición está justificada en función de la circunstancia en que se dé, cuando:

  • Se realiza en el ámbito familiar, de padres a hijos.
  • Resulta necesaria la imposición de tratamientos médicos.
  • Casos de internamiento en centros especializados de personas que tienen mermada su capacidad mental o son especialmente vulnerables.
  • En ciertos supuestos, los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado pueden imponer la obligación de hacer o no hacer. Siempre y cuando esto no suponga un abuso por parte de la autoridad.

Esto no quiere decir que, siempre que se dé alguna de estas circunstancias no hay coacciones, si no que habría que atender a los hechos. La imposición de estas debe estar justificada y dentro de los supuestos permitidos por la ley.

El delito de coacciones es un ilícito que cualquier persona puede cometer fácilmente en un momento de ira o desasosiego. Por ello es muy importante contar con la asistencia de un abogado penalista en estas situaciones. En nuestro despacho de abogados en Granada contamos con abogados especialistas en delito de coacciones, pues una buena asistencia letrada te puede ahorrar muchos problemas.

¿A QUE PENAS TE PUEDES ENFRENTAR POR UN DELITO DE COACCIONES?

El delito de coacciones se castiga con la pena de prisión de seis meses a 3 años o multa de doce a veinticuatro meses, en función de la gravedad del hecho cometido.

Por su parte, si cometes un DELITO LEVE DE COACCIONES, conlleva la pena de multa de uno a tres meses. Este delito, si es leve, NO se persigue de oficio, hay que DENUNCIARLO previamente para que se inicie un procedimiento. A excepción de víctimas de violencia doméstica.

En cuanto a las coacciones leves en el ámbito doméstico, siempre y cuando no sea una causa de justificación. Te pueden imponer la pena de prisión de seis meses a 1 año o Trabajos en Beneficio de la Comunidad de treinta y uno o ochenta días. Además de inhabilitación a tener a menores o personas vulnerables a cargo durante 5 años.

ATENUANTES

Se te impondrá la pena inferior en grado en los casos en que el juez decida, siempre y cuando se aprecien ciertas circunstancias personales que le lleven a no aplicar la pena inicial. Tomando en consideración qué es lo que te ha llevado a coaccionar a alguien.

AGRAVANTES

Se te impondrá la pena superior en grado cuando:

  • Impidas el ejercicio de un Derecho Fundamental mediante coacción.
  • Quebrantes una condena coaccionando a la víctima.
  • La coacción dé en presencia de menores o personas vulnerables o en el domicilio de una víctima de violencia doméstica o de género.
  • Coacciones a alguien para impedir el uso y disfrute de su vivienda.

TIPOS ESPECÍFICOS PREVISTOS EN EL CÓDIGO PENAL

Además de las circunstancias anteriores, el Código Penal prevé dos tipos específicos:

  • Coaccionar a alguien para contraer matrimonio. Penado con prisión de seis meses a 3 años y seis meses o multa de doce a veinticuatro meses. Esta pena se impondrá en su mitad superior si la víctima es menor de edad o vulnerable. (artículo 172 bis del Código Penal)
  • Stalking (acoso como coacción). Castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses. (artículo 172 ter del Código Penal)

Hay infinidad de penas previstas para el delito de coacciones, y la imposición de una u otra dependen únicamente de gravedad que aprecie el juez. En estos casos es muy importante el asesoramiento de un abogado penalista, pues una buena asistencia letrada puede hacer decantar la balanza hacia un lado u otro.

ESTOY SIENDO ACUSADO POR UN DELITO DE COACCIONES

¿Está siendo acusado por un delito de coacciones y no sabes qué hacer? En POZO Abogados & Asociados somos especialistas en delitos de coacciones. Los abogados penalistas de nuestro despacho de abogados en Granada se encargarán de todo lo relativo al proceso, siempre mirando por tu bienestar, tratando de atenuar la pena lo mayor posible.

Además, es primordial que no tengas antecedentes penales, y si los tienes, nosotros te los cancelamos. La reincidencia puede ser un agravante de la pena.

¿Buscas un abogado especialista en el delito de coacciones? POZO Abogados & Asociados dispone de los mejores abogados, además de contar con abogado de urgencias 24 horas, para casos de urgencia.

NUESTRO DESPACHO DE ABOGADOS ESTÁ PARA AYUDARTE

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